La Cámara de Casación aceptó revisar el fallo del Tribunal Oral, ya que considera que dada la gravedad del atentado se trata de un hecho de máxima importancia, y que debe evaluarse a fondo, que está involucrada la responsabilidad del Estado y que tiene que haber una apertura para que “los querellantes, insatisfechos con la resolución, introduzcan motivos y fundamentos” de su queja.
Los camaristas Gustavo Micheli, Pedro David y Juan Fégoli fueron los firmantes de dos resoluciones. La primera responde a la apelación del fiscal Plee y la segunda, a la de Abraham Kaúl, como titular de la AMIA -puesto en el que lo reemplazó Luis Grynwald-, y a Jorge Kirszenbaum, también entonces como vicepresidente de la DAIA.
Originalmente, las apelaciones se presentaron ante el propio Tribunal Oral, que rechazó los recursos porque consideró que una vez que está el fallo no se puede apelar argumentando que las pruebas y los hechos son distintos a cómo se plantearon durante el juicio. Casación contradice a los integrantes del Tribunal Oral y sostiene que corresponde abrir la apelación y que la propia Sala II escuchará los argumentos del fiscal, por un lado, y de AMIA-DAIA, por el otro.
Frente a este hecho, pueden ocurrir tres cosas: que la Sala II de Casación ratifique totalmente el fallo del Tribunal Oral, que ratifique una parte y revoque otra, y -lo más improbable, pero no imposible– que anule todo el juicio oral y ordene uno nuevo.
El observador de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, el chileno Claudio Grossman, emitió un dictamen sosteniendo que el juicio fue limpio y sin irregularidades, mientras que la administración del presidente Néstor Kirchner aceptó ante la OEA la responsabilidad del Estado argentino en la falta de una investigación adecuada.
Sin embargo, las querellas de AMIA y DAIA no aceptaron el fallo judicial. Hay un punto estratégico, para ellos, que cuestionan: los jueces argumentaron que a partir de octubre de 1995 se armó, entre el juez, la SIDE y la Casa Rosada, una pista falsa que buscó responzabilizar a los policías. Para ello se armó un expediente paralelo, conocido como Brigadas, en los que se investigó a los policías. Los jueces del Tribunal Oral anularon toda lo realizado por Galeano a partir de ese momento y absolvieron a los policías y a Telleldín.
Ahora Casación evaluará si esa nulidad fue correcta o no.