1- ¿En qué estado considera que se encuentra la causa AMIA?
2- ¿Qué puede suceder en un futuro inmediato con la misma?
3- ¿Cómo evalúan el trabajo llevado adelante por los fiscales Nisman y Martínez Burgos?
4- Si la función de las querellas (entre otras cosas) es la de auditar la actuación de la justicia en una causa, ¿cómo cree que se está cumpliendo esta función por su parte querellante? Sustente su posición y explicite cómo la asume.
5- ¿En qué sustentan el elevamiento del fallo a la Corte Suprema de Justicia?
Sofía Guterman, Rosa Barreiros y Aída Plaksin (escisión del grupo de Familiares y Amigos de las Víctimas):
“La causa está en punto muerto”
1-A 12 años del atentado a la AMIA, consideramos que la causa aún está en punto muerto. Más allá de la tragedia que costó 85 vidas, la Causa AMIA, vergonzosamente, es la abanderada de lo que no debió hacerse en una investigación judicial.
2-Es impredecible lo que puede suceder en un futuro inmediato con esta causa. Los que armaron una causa falsa con pistas falsas, deben ser indagados, juzgados y condenados. Deben destruirse por completo las estructuras de pactos corporativos, que sí existen. Los que investigan (desde el cargo que sea) deben trabajar “con la verdad y para la verdad”. A lo mejor, entonces, se pueda despejar la impunidad que genera el encubrimiento.
3-Los fiscales Alberto Nisman y Marcelo Burgos comenzaron una nueva investigación. Es difícil empezar desde cero cuando ya pasaron tantos años. Si siguen trabajando para aportar datos nuevos y concretos, tendrán nuestro apoyo. De lo contrario, seremos críticos severos.
4-Somos querellantes independientes representadas por el doctor Julio Federik. No conformamos ningún grupo. Somos tres familiares de víctimas del atentado que tenemos un único objetivo: saber toda la verdad que por derecho nos corresponde. Apoyamos la destitución del juez Galeano. Mantuvimos reuniones con Alejandro Rúa. Estamos atentas al trabajo del Gobierno Nacional sobre el tema AMIA. Seguimos de cerca el trabajo de Alejandro Slokar y del juez Ariel Lijo, como así también la investigación de los fiscales Nisman y Burgos. Siempre exigimos. Auditamos y vigilamos. Apoyamos o denunciamos. ¡Queremos que se esclarezca el atentado a la AMIA!
No es una utopía de familiares dolidos. El 18 de julio de 1994 hubo un exceso de muerte y de maldad.
Durante 12 años hubo un exceso de mentiras y de impunidad. Esta causa no debe prescribir. Las ideas no conocen barreras ni límites de tiempo, nuestra lucha por 85 víctimas inocentes, tampoco.
Memoria Activa, Diana Malamud:
“Hay encubrimientos y complicidades para no llegar a la verdad”
1-Después de 12 años de producida la masacre, el esclarecimiento se encuentra en el mismo estado que el 18 de julio de 1994. Sabemos lo mismo que sabíamos entonces. Hoy sabemos de encubrimientos y complicidades precisamente para que no lleguemos a la verdad.
2-No sabemos qué puede suceder. Pero sí sabemos lo que queremos que suceda: que el Estado cumpla, a través de sus tres poderes, con los compromisos que asumió ante la CIDH de la OEA y que refrendó por Decreto 812/05 .
Si así lo hace:
a) se sacará del estancamiento a la causa por el atentado;
b) se sancionarán a todos los responsables de las desviaciones y encubrimientos que se han producido a lo largo de estos últimos 12 años.
c) se sancionarán normas y leyes para la prevención de actos de terrorismo y para la actuación responsable y efectiva del Estado en caso de catástrofes y/o actos de terrorismo, tanto en la asistencia de las víctimas como de la preservación de las pruebas para la actuación de la justicia.
3-Todavía no hay ningún resultado tangible que estemos en condiciones de evaluar. Creemos que deben mostrar resultados a la brevedad, sino deberán asumir su fracaso.
4-Desde que, en el año 1996, iniciamos nuestra querella independiente, creemos que hemos cumplido todas nuestras funciones responsablemente y todo lo eficaz y eficientemente que hemos podido, a pesar de todas las trabas que encontramos en muchos ámbitos y que determinaron que actuáramos en soledad.
Esta afirmación se sustenta en lo siguiente:
a) Aún antes de iniciar nuestra querella independiente, los familiares agrupados en Memoria Activa, asistíamos al juzgado de Galeano para estudiar e interiorizarnos del expediente y, cada vez que nos parecía pertinente, hablábamos con el juez, los fiscales, los abogados querellantes y las autoridades de AMIA-DAIA, con el objeto de pedir aclaraciones y manifestar nuestra disconformidad con aquellas cosas que nos parecían incorrectas. Gracias a nuestra presentación, el juicio oral contó con un veedor de la CIDH, el que produjo un informe lapidario que determinó la asunción de responsabilidad del Estado Argentino.
b) Al ir constatando que el juez no estaba cumpliendo adecuadamente con su función, solicitamos en reiteradas ocasiones, hasta que se concretó, el apartamiento del juez.
c) Después de 5 años del atentado y de una investigación a todas luces negativa, Memoria Activa, el 16 de julio de 1999, se presentó ante la CIDH de la OEA acusando al Estado Argentino por no haber prevenido el atentado y por falta de justicia
d) A lo largo de los 3 años de duración del juicio oral, nuestra actuación estuvo signada por la búsqueda de la verdad y por que se cumpliera con el debido proceso. Ello quedó plasmado en nuestro alegato inicial, en todas nuestras intervenciones durante los testimonios y también en nuestro alegato final. El fallo del TOF Nº 3, ratificado en un todo por el Tribunal de Casación, ratifica lo que vinimos sosteniendo todos estos 12 años en cuanto al carácter incorrecto de la investigación y en cuanto a la cadena de encubrimientos de la que está plagada la causa.
AMIA, Juan José Avila (abogado de la querella unificada):
“Dejamos actuar sin interferir”
1-En realidad hay más de una «causa AMIA».
La investigación -que tramita en el Juzgado Federal a cargo del Dr. Canicoba Corral- está delegada en la Fiscalía especial a cargo del Dr. Nisman y se está trabajando en una nueva resolución internacional que sustituya a la dictada en su momento por Galeano y en algunas pistas locales.
La investigación sobre la investigación -en trámite ante el Juzgado Federal a cargo del Dr. Lijo- es la que tiene mas movimiento pues se están tomando -y postergando- indagatorias.
Hay otra causa que es muy importante, en la que se condenó al Sr. Castañeda -ex Jefe de POC en la época del atentado- que se encuentra también en la Cámara de Casación por recurso de la defensa del condenado Castañeda. Esta causa es importante pues seguramente se ha de discutir, en ella, la cuestión de la prescripción de los delitos conexos. Aún no nos dieron traslado a nosotros pues está en los trámites previos.
2-Remito a la respuesta anterior.
3-La posibilidad de que en un futuro se pueda decidir en un eventual juicio -aunque considero difícil que pueda tener lugar- qué intervención le cupo a Berro en el atentado (confirmar o no ésta con valor de verdad judicial) es importante, pues lo que hasta ahora se sabía sobre este inmolado provenía de fuentes de servicios de inteligencia, no judicializables o difícilmente judicializables. Ahora se las podría discutir con la amplitud y garantías de un proceso judicial y arribarse a una conclusión sobre la participación de éste.
Respecto de las otras líneas investigativas que explora la Fiscalía, nos han pedido paciencia, y para evitar filtraciones y preservar la información, por lo que hemos decidido dejarlos actuar sin interferir. A su debido momento evaluaremos lo actuado por ellos, pero la Institución no quiere incurrir nuevamente en error.
Creemos que la Fiscalía cuenta con los medios y la capacidad para hacerlo.
4-Afirmar que la función de las querellas es la que ustedes le asignan en esta pregunta no me parece del todo exacto. Yo diría, más bien, que la función depende de la etapa del proceso en que se encuentre la causa: una cosa es la instrucción y otra el juicio. Durante la instrucción, las querellas suelen tener un rol muy activo, que culmina en el procesamiento y, confirmado éste, en el «requerimiento de elevación a juicio».
Durante la etapa de juicio, su función es la defensa de «su» verdad, plasmada en el «requerimiento…». Esa verdad es obviamente parcial, pero imprescindible para que el Tribunal pueda juzgar. En lo demás, remito a la respuesta anterior.
5-La decisión de interponer recurso extraordinario fue una decisión de AMIA. El recurso se basó, técnicamente, en la causal de arbitrariedad.
DAIA, Jorge Kirszenbaum (Presidente de la institución):
“Fuimos a la Corte porque el fallo es arbitrario”
1-La parte que fue elevada a juicio oral está a resolución de la concesión, o no, del recurso extraordinario interpuesto.
2-En caso de que se haga lugar al recurso interpuesto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación abrirá su jurisdicción y entenderá en el tema; en el supuesto contrario es muy probable que acudamos por vía del recurso de queja para ello.
3-Esperamos los resultados concretos a sus esfuerzos.
4-El objetivo de esta querella es incentivar a los magistrados que entienden en el hecho del atentado terrorista, a dictar justicia respecto de sus autores y colaboradores. Independientemente, y sin acordar en cuanto a las funciones del rol del querellante, estamos siguiendo con mucha atención las causas colaterales, en las que intervienen poderes del Estado.
5-Entendemos, y así lo sostenemos en el recurso plantado, que el fallo es arbitrario porque anula toda una investigación considerando que el juez instructor no fundó la disposición inicial para ello y existiendo, a nuestro criterio, motivos más que suficientes para recorrer dicho camino.